Cuenta ajena: lo que se exige
Requisitos generales: no estar irregular en España (esta vía se tramita, por regla, desde tu país), carecer de antecedentes penales en los últimos cinco años, no tener prohibición de entrada, contar con cobertura sanitaria (la da el alta en la Seguridad Social) y pagar las tasas.
Requisitos del empleo y la empresa:
- Oferta de trabajo formal, con salario al menos igual al SMI o al convenio colectivo, proporcional a la jornada.
- Contrato de carácter continuado (salvo temporada, que tiene su vía propia).
- Empresa legalmente constituida, al día con Hacienda y la Seguridad Social, y con capacidad económica real para pagarte.
- Tu cualificación o experiencia debe encajar con el puesto; si exige titulación, homologada en España.
- Es el empleador quien inicia el trámite en la Oficina de Extranjería; concedida la autorización, tú pides el visado en el consulado.