La residencia de larga duración: el permiso "definitivo"
Tras cinco años de residencia legal y continuada puedes vivir y trabajar en España indefinidamente, por cuenta ajena o propia, sin volver a justificar contratos ni medios. La tarjeta se renueva cada cinco años como mero trámite.
- Computa la residencia autorizada (trabajo, reagrupación, arraigo, humanitarias...). No computan turismo, estancias cortas ni periodos irregulares.
- Continuidad: ausencias de hasta 6 meses seguidos y máximo 10 meses en total en los cinco años (12 seguidos si fue por trabajo justificado).
- No se exige contrato, medios económicos ni, salvo excepciones, seguro médico.
- Es además el gran paso previo hacia la nacionalidad por residencia.
Consejo
En el libro: cap. 9.1.1 · pág. 294
Guarda billetes y justificantes de cada salida del país: la prueba de la continuidad es tuya.